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19/09/2016

La Inspección sustituye los libros de visita por una diligencia

La Inspección de Trabajo ha decidido sustituir los libros de visitas por el levantamiento de una diligencia, según se establece en el BOE del 12 de septiembre. Tanto uno como otro documento tienen que reservarse durante cinco años. FREMM le aclara los cambios.

El Gobierno elimina de manera definitiva el Libro de Visitas de la Inspección y establece que “Los inspectores de Trabajo y Seguridad Social y los subinspectores laborales, con ocasión de cada visita a los centros de trabajo o comparecencia del sujeto inspeccionado en dependencias públicas que realicen, extenderán diligencia sobre tal actuación… reflejando las materias o aspectos examinados y demás incidencias concurrentes”.

Cada ejemplar de diligencia entregado o remitido a la empresa deberá ser conservado a disposición de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social durante un plazo de cinco años, a contar desde la fecha de expedición de cada uno de ellos.

De igual forma, los libros en papel anteriores a la fecha de publicación de la citada orden han de conservarse también por un periodo de cinco años a contar desde la fecha de la última diligencia realizada.
 Para cualquier aclaración sobre la citada orden, puede ponerse en contacto con Rosana Pérez  (e-mail: rosana@fremm.es – Tfno. 968 93 15 02) o Maria José Aragón (e-mail: mjaragon@fremm.es – Tfno. 968 93 14 05).

 


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