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06/09/2023

FREMM anuncia la publicación oficial del convenio colectivo del metal 2023 a 2025

Hoy, 6 de septiembre de 2023, el Boletín Oficial de la Región de Murcia  recoge el convenio colectivo para la industria siderometalúrgica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para los años 2023, 2024 y 2025.  

La Federación Regional de Empresarios del Metal de Murcia, FREMM, adjunta las tablas salariales y el calendario laboral, además de recordar las novedades más destacadas del convenio colectivo del metal:

  • Duración: 3 años.  Se garantiza la paz social hasta el 31 de diciembre de 2025.
  • Incremento Salarial: 4,90% en 2023, 3,85% en 2024 y 2,00% en 2025, sin revisión salarial.
  • Nueva categoría profesional de “Incorporación al sector metal” con una retribución equivalente al salario mínimo interprofesional y una limitación temporal de 1 año. Esta encuadrada y tiene las funciones del grupo 7 del convenio colectivo estatal de la industria, las nuevas tecnologías y los servicios del sector metal.
  • Jornada Laboral: se mantiene la jornada de trabajo efectivo en 1.759 horas y la bolsa de “horas de distribución irregular” de 235 horas.
  • Se introduce la subrogación en las actividades y servicios de alumbrado público, semáforos, equipos y sistemas inteligentes de transporte, ITS (tráfico y transporte) regulados en concursos públicos municipales en municipios de más de 400.000 habitantes.
  • Se revisa la redacción y las cuantías del “Plus de Desempeño. Un plus que afecta exclusivamente a las empresas que intervienen en las paradas técnicas llevadas a cabo en las refinerías de petróleo, empresas de producción de bases lubricantes de última generación y en las plantas de formulación y fabricación de plásticos en formas primarias.
  • A la comisión técnica de “Subrogación” se unen una de estudio del Plus de Astilleros y otra para analizar e implantar medidas efectivas con el fin de reducir el absentismo Laboral.  Estas tres comisiones se constituirán en el mes de septiembre.

FREMM recuerda que las empresas pueden aplicar la “compensación” (en el caso de retribuciones por encima de lo pactado en convenio) y la “absorción”, permitidas en el artículo 4.5 del convenio colectivo y, asimismo, que tienen tres meses (hasta el 6 de diciembre), para pagar los atrasos de las nuevas retribuciones.

Para cualquier aclaración sobre estas cláusulas y otros aspectos del convenio tiene a su disposición a la Economista de FREMM, María José Aragón en los teléfonos 968 93 14 05/ 968 93 15 02 y el e-mail: mjaragon@fremm.es.


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