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Utilización de maquinarias y herramientas

ELECCIÓN Y ADQUISICIÓN de MAQUINARIA

El empresario debe comprobar que el equipo cumple los aspectos establecidos en el R.D. 1215/97 y si es anterior, este deberá ser homologado, pero tambien debe tener en cuenta diversos factores antes de su adquisición.
Se debe tener en cuenta la ubicación del equipo y si las condiciones ambientales, etc., son compatibles con el equipo
Se deben tener en cuenta los riesgos presentes en el lugar de trabajo donde se va a instalar, y verificar que no se crean nuevos riesgos no controlados o que no se agravan los existentes
Por ejemplo, un equipo con un nivel sonoro no perjudicial situado en proximidad de otras máquinas con niveles sonoros iguales puede hacer que el nivel sonoro conjunto no sea aceptable
La adaptación de un puesto de trabajo a personas discapacitadas, deberá incluir una evaluación de riesgos que determine los riesgos existentes así como la forma más adecuada de evitarlos o controlarlos
Antes de la adquisición de cualquier equipo de trabajo, se diseñará el puesto de trabajo en donde va colocado el equipo, teniendo en cuenta los principios ergonómicos, tales como, espacio de trabajo, altura del plano de trabajo, asiento, posición del trabajador, iluminación del puesto.

El marcado “CE”
El marcado “CE” garantiza la conformidad de la máquina con el Real Decreto 1215/1997

Todas las máquinas comercializadas o puestas en servicio a partir del 01/01/1995 han de llevar de forma legible las indicaciones siguientes:

Nombre y dirección del fabricante
El marcado CE
Designación de serie o modelo
Número de serie, si existe
Año de fabricación

MANUAL DE INSTRUCCIONES
Cada máquina llevará un manual de instrucciones, en la lengua oficial de la comunidad en donde se esté, que debe contener los planos y esquemas necesarios para un buen mantenimiento, montaje, desmontaje, puesta en servicio de la máquina, indicaciones del ruido aéreo emitido. etc.


CONDIDIONES GENERALES DE UTILIZACIÓN DE LOS EQUIPOS DE TRABAJO

  1. Los equipos de trabajo se instalarán, dispondrán y utilizarán de modo que reduzcan los riesgos para los usuarios y para los demás trabajadores.
  2. Los trabajadores deberán poder acceder y permanecer en condiciones de seguridad en todos los lugares necesarios para utilizar, ajustar o mantener los equipos de trabajo.
  3. Los equipos de trabajo no deberán utilizarse de forma o en operaciones o en condiciones contraindicadas por el fabricante.
  4. Antes de la utilización se comprobará que sus protecciones y condiciones de uso son las adecuadas, y que su puesta en marcha no representa un peligro para terceros.
  5. Cuando se empleen equipos con elementos peligrosos accesibles que no puedan ser totalmente protegidos, deberán adoptarse las precauciones y utilizarse las protecciones individuales apropiadas para reducir el riesgo.
  6. Cuando sea necesario limpiar o retirar residuos cercanos a un elemento peligroso, la operación se realizará con los medios auxiliares adecuados.
  7. Los equipos deberá ser instalados y utilizados de una forma que no pueda caer, volcar o desplazarse de forma incontrolada.
  8. Los equipos no deberán someterse a sobrecargas, sobrepresiones, velocidades o tensiones excesivas.
  9. Cuando la utilización del equipo pueda dar lugar a proyecciones o radiaciones, deberán adoptarse las medidas de prevención o protección adecuadas.
  10. Los equipos llevados o guiados manualmente, cuyo movimiento pueda suponer un peligro para los trabajadores situados en sus proximidades, se utilizarán con las debidas precauciones, respetándose en todo momento una distancia de seguridad.
  11. En ambientes especiales, tales como locales mojados o de alta conductividad, locales con alto riesgo de incendio, atmósferas explosivas o ambientes corrosivos, no se emplearán equipos de trabajo que en dicho entorno suponga un peligro para la seguridad del trabajador.
  12. Los equipos de trabajo que puedan ser alcanzados por un rayo durante su utilización deberán estar protegidos contra sus efectos.
  13. El montaje y desmontaje de los equipos de trabajo deberá realizarse de manera segura, mediante las instrucciones del fabricante.
  14. Las operaciones de mantenimiento, ajuste, desmontaje, revisión reparación de los equipos, se realizarán tras haber parado o desconectado el equipo.
  15. Cuando un equipo deba disponer de un diario este deberá estar actualizado.
  16. Los equipos que se retiren de servicio, deberán permanecer con sus dispositivos de protección o deberán tomarse las medidas necesarias para imposibilitar su uso.
  17. Las herramientas manuales deberán ser de características y tamaño adecuado a la operación a realizar.

 

CONDICIONES DE SEGURIDAD EN LOS EQUIPOS DE TRABAJO
Órganos de accionamiento y paro

  • Los órganos de accionamiento deberán ser claramente visibles e identificables, de lo contrario se señalizarán
  • Deberán encontrarse fuera de las zonas peligrosas, es decir no deben permitir el posible acceso a zonas peligrosas
  • El operario debe poder controlar la posible presencia de personas en zonas peligrosas si esto no es así debe existir un sistema de aviso acústico o visual que alerte al resto del Personal
  • Los sistemas de mando deben ser seguros
  • Cada puesto de trabajo debe disponer de un mando de paro de emergencia general
  • La puesta en marcha sólo debe realizarse de forma voluntaria.
  • La orden de paro debe prevalecer sobre la de marcha
  • En caso de paro, la puesta en marcha debe realizarse sólo de forma voluntaria mediante mando al efecto.

Resguardos y protecciones

  • Siempre que pueda existir riesgo de contacto mecánico deberán instalarse dispositivos que impidan el acceso a las zonas peligrosas
  • Los resguardos deben permitir las intervenciones de mantenimiento
  • Los resguardos deben ser difíciles de anular
  • Los resguardos no deben ocasionar riesgos suplementarios
  • Los resguardos deben ser sólidos y resistentes

Desplazamientos

  • El equipo deberá estar adaptado para no ocasionar riesgos durante el transporte
  • Cuando sea preciso desplazar el equipo, se dispondrá de los elementos adecuados

Montaje e Instalación

  • El proceso de montaje e instalación se debe realizar de forma que no suponga riesgo para los trabajadores.
  • La instalación del equipo debe ser proyectada de forma que se contemplen aspectos como la estabilidad del equipo, acceso que favorezca tareas de revisión o mantenimiento, interferencias con el resto de los equipos e instalaciones…
  • Los equipos que se encuentren fuera de uso, deberán conservar todas las protecciones y condiciones de utilización necesarias para su funcionamiento seguro.


Equipos de trabajo móviles

  • Si se utilizan equipos a motor de combustión en recintos cerrados, se deberá disponer de ventilación con capacidad suficiente.
  • Cuando sea preciso la presencia de personal a pie y equipos móviles en la misma zona de trabajo, se establecerán las medidas organizativas necesarias para evitar atropellos, golpes…tales como vías de circulación diferenciadas, áreas de trabajo delimitadas…
  • En la utilización de equipos automotores, los trabajadores deberán recibir formación específica, y cuando sea necesario se establecerán normas de circulación, señalizando convenientemente el área de trabajo.

Equipos de elevación de cargas

  • La utilización de equipos de elevación de cargas no debe implicar riesgo para el resto de trabajadores de la zona, tales como la circulación de cargas suspendidas sobre los mismos
  • Los accesorios de elevación deben estar marcados de forma que se evite utilizarlos de forma incorrecta.
  • Cuando la visibilidad sea deficiente, se dispondrá de personal señalista convenientemente formado
  • Cuando se utilicen dos o más equipos con sus campos de acción solapados, se tomarán medidas para evitar colisiones.
  • Cuando se eleven personas, los equipos estarán diseñados al efecto y dispondrán de los sistemas de seguridad adecuados para evitar caídas, atrapamientos con partes móviles, utilización inadecuada del equipo…

Prevención de Riesgos en la utilización de maquinas/herramientas.


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